Vías legales para emigrar a los Estados Unidos

Cómo emigrar legalmente desde Cuba hacia los Estados Unidos

Los cubanos cuentan con varias opciones legales para emigrar a los Estados Unidos. Cada una tiene sus particularidades en cuanto a los pasos a seguir, la documentación a entregar y los requisitos para ser elegible. 

Aunque existe una amplia información al respecto en sitios oficiales del gobierno estadounidense y su Embajada en La Habana, en realidad puede ser confusa y se encuentra dispersa. Por eso en CubanoLegal te ofrecemos un resumen integrado de estas opciones, que podrá ayudarte a comprender las ventajas y requerimientos de cada una.  

Si buscas emigrar o patrocinar a un emigrante, te recomendamos utilizar asesoría legal experimentada para cumplir correctamente con las exigencias del proceso, prevenir errores y hacer avanzar tu solicitud con una mayor probabilidad de éxito.  

Inmigración familiar (conocida popularmente como “reclamación”)

Existen dos tipos de visa de inmigrante por vínculos familiares:

  • Familiar inmediato: Estas visas se basan en una relación familiar cercana con un ciudadano estadounidense, como cónyuge, hijos o padres. 
  • Preferencia familiar: Estas visas son para relaciones familiares específicas más distantes de un ciudadano estadounidense y algunas relaciones familiares específicas con residentes legales permanentes. A diferencia de la otra categoría, el número de visas que se concede es limitado cada año. 

Los ciudadanos estadounidenses pueden reclamar a su prometido, hijos, cónyuge y hermanos, mientras que los residentes legales permanentes sólo pueden reclamar a su cónyuge e hijos solteros. 

¿En qué consiste el proceso?

  1. El proceso comienza cuando un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente, igual o mayor a 21 años, registra una reclamación en las oficinas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. (USCIS), a través del formulario I-130 Petición de Familiar Extranjero.
  2. Después de aprobarse por USCIS la petición, el caso se transfiere al Centro Nacional de Visas (NVC). Este último envía un mensaje de bienvenida, ya sea por correo electrónico o físico. Con la información contenida en esa carta, se puede ingresar al Centro Consular de Solicitud Electrónica (CEAC) para consultar el estatus, recibir mensajes y gestionar el caso. 
  3. El siguiente paso consiste en pagar las tarifas de procesamiento del caso y presentar los documentos que se solicitan, incluyendo una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (Formulario I-864), para aceptar la responsabilidad financiera del familiar. 
  4. Posteriormente el solicitante debe llenar online la Solicitud para Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero (Formulario DS-260) e imprimir la hoja de confirmación para llevarla a la entrevista.
  5. El solicitante debe preparar una serie de documentos, como certificado de nacimiento, de matrimonio, registros militares, judicial y carcelario (si fuera el caso), fotocopia del pasaporte y otros, escanearlos y cargarlos en su cuenta en el CEAC. Una vez que el NVC revise la documentación, le enviará un correo indicando si se requieren correcciones o si está completa.
  6. Seguidamente el NVC, de conjunto con la Embajada en La Habana, agendará una entrevista para el solicitante. Una vez que se notifica la fecha de la entrevista, se deben realizar los exámenes médicos en las instituciones aprobadas por la Embajada.  
  7. Durante la entrevista, un funcionario del Consulado determinará si es elegible o no para recibir la visa de inmigrante. En la ocasión, se le tomarán las huellas digitales. Se debe llevar una serie de documentos, como el pasaporte, dos fotografías, original y copia de todos los documentos que haya cargado en la página de CEAC, entre otros. 
  8. Si su visa es aprobada, se debe viajar a los EE.UU. antes de la fecha de su vencimiento. Previamente, debe pagar la Cuota de Inmigrante de USCIS. Si la visa es denegada, le informarán los motivos. 

Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano (CFRP)

Creado en 2007, este programa permite a ciertos ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales solicitar un permiso de ingreso para sus familiares en Cuba. A estas personas se les concede un parole, y al año y un día pueden acogerse a la Ley de Ajuste Cubano para solicitar la residencia permanente. 

El programa se reanudó en 2022 en la Embajada en La Habana después de varios años suspendido por las medidas de la Administración Trump. En agosto de ese año se reiniciaron las entrevistas, aunque debido a la gran cantidad de solicitudes acumuladas el proceso puede tomar tiempo. 

Para ser elegible:

  • El beneficiario debe ser un nacional cubano que resida en Cuba.

Para ser peticionario:

  • Debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente
  • Debe tener aprobado un Formulario I-130 para un familiar cubano
  • Su familiar aún no ha recibido la visa de inmigrante
  • Recibió del NVC una invitación para participar en el programa

Para presentar la solicitud, solo después de haber recibido la invitación del NVC, se debe llenar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, con documentación de apoyo, y pagar la tarifa de presentación. 

Si el NVC considera que la solicitud pudiera ser aprobada, la enviará a la Embajada en La Habana. Entonces se programa la entrevista, donde le tomarán también las huellas dactilares. 

Tenga en cuenta que el otorgamiento del permiso no es automático después de la entrevista. Se evaluarán varios factores como:

  • Cumplir los requisitos del programa
  • Cumplir los requisitos de elegibilidad para una visa de inmigrante
  • Pasar la verificación de antecedentes penales
  • Pasar el examen médico
  • Resultar admisible en los EE.UU.

Inmigración por empleo

En este caso el solicitante debe ser patrocinado por un empleador potencial en los EE.UU. Este inicia el proceso llenando una petición en USCIS, a través del formulario I-140 Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero. 

Resultas elegible si entras dentro de alguna dea siguientes categorías:

Primera categoría de preferencia: Si tienes aptitudes en las ciencias, las artes, la educación, los negocios, o los deportes; eres profesor o investigador sobresaliente o eres algún ejecutivo o gerente de una multinacional.

Segunda categoría de preferencia: Se encuentran los extranjeros que son miembros de las profesiones que requieren un posgrado o tienen una aptitud excepcional.

Tercera categoría de preferencia: Si aplicas como trabajador diestro, es decir, que tu empleo requiere un mínimo de 2 años de capacitación o experiencia laboral; un profesional, esto es, que tu empleo requiere al menos un grado de bachillerato estadounidense o su equivalente en el extranjero y eres miembro de dicha profesión; o un trabajador no diestro, lo que significa que harás labores no diestras que requieren menos de 2 años de capacitación o experiencia.

Programa de Diversidad de Visas (Lotería) 

Este popular programa anual ofrece la oportunidad de obtener una visa y la residencia permanente en los Estados Unidos a decenas de miles de extranjeros.

Para participar, los cubanos deben cumplir con ciertos requisitos y presentar una solicitud online durante un período específico del año, libre de costo. La última ocasión fue entre el 5 de octubre y el 8 de noviembre de 2022. Las solicitudes son procesadas y se seleccionan aleatoriamente a través de un sorteo. 

Aquellos que son seleccionados deben completar el formulario DS-260 y pasar por un proceso adicional de verificación y entrevista para asegurarse de que cumplen con todos los requisitos necesarios antes de recibir la visa. El proceso en total dura dos años.

Es importante tener en cuenta que la lotería de visas es muy competitiva, con muchos más solicitantes que cupos disponibles.

Nuevo Parole

A partir del 6 de enero de 2023, comenzó a ofrecerse un nuevo programa de parole para cubanos, además de haitianos, venezolanos y nicaragüenses, a fin de desestimular la inmigración ilegal por las fronteras terrestres y marítimas. El proceso inicia con la solicitud de un patrocinador desde los EE.UU. y, en caso de aprobarse, posibilita vivir y trabajar en los EE.UU. por dos años. En el caso de los cubanos, al año y un día pueden acogerse a la Ley de Ajuste Cubano y solicitar la residencia permanente. 

En el mes de enero de 2022, el primero de su implementación, la Embajada de los EE.UU. en La Habana informaba que más de 11 mil cubanos habían recibido el parole. 

Le invitamos a consultar nuestra guía completa sobre el nuevo parole en el siguiente link: CubanoLegal-parole 

Asilo político

El asilo es una forma de protección que otorga el gobierno de los Estados Unidos, bajo el Programa de Admisión de Refugiados, a ciudadanos extranjeros que han sufrido o temen sufrir persecución en su país de origen por motivo de su raza, creencia religiosa y política, entre otros. 

Para optar por el asilo, se debe estar físicamente en territorio estadounidense y demostrar que, en caso de ser deportados, corren riesgo de ser lastimados o perseguidos. 

En el caso de los cubanos, tras un año y un día en los EE.UU., pueden acogerse a la Ley de Ajuste y solicitar cambiar su estatus de refugiado a residente permanente. 

Para mayor información sobre el asilo político, te invitamos a consultar el siguiente artículo: 

Recuerde que contamos con servicios asociados de abogados calificados y experimentados en materia migratoria. Están disponibles para aclarar cualquier duda y guiarlo en el proceso de emigrar legalmente. Deseamos ayudarle a convertirse en un Cubano Legal en los EE.UU..

Enlaces relevantes:
  1. Inmigración familiar, Departamento de Estado de los EE.UU. 
  2. Visas de inmigrante, Embajada de los EE.UU. en Cuba
  3. El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano (CFRP), Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU.  
  4. Inmigrant visa process, Departamento de Estado de los EE.UU. 

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